Quiero añadir gratis SportLife como fuente preferida de Google, para no perderme vuestras noticias.
Si hoy has salido a montar en bici, hay algo que debes tener claro: el Reglamento General de Circulación cambia desde este 1 de octubre de 2026. La reforma, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, modifica numerosas reglas de circulación y presta especial atención a los denominados usuarios vulnerables, entre ellos los ciclistas.
Para quienes utilizan la bicicleta habitualmente, las novedades afectan especialmente al casco, los adelantamientos, la circulación por ciudad y la distancia de seguridad. Y algunas de ellas también cambian lo que los conductores de coches y otros vehículos a motor deben hacer cuando se encuentran con un ciclista.
Casco obligatorio para todos en carretera
Uno de los cambios más importantes afecta al uso del casco. Desde hoy, todos los ciclistas están obligados a utilizar casco cuando circulen por vías interurbanas. La nueva normativa elimina las excepciones que existían hasta ahora. Esto afecta tanto a quienes salen a entrenar con bicicleta de carretera como a los usuarios de bicicletas convencionales que se desplazan entre localidades.
En el caso de los ciclistas que utilizan la bicicleta para desarrollar una actividad profesional, la obligación es todavía más amplia: deberán utilizar casco durante su jornada de trabajo y, además, llevar chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías. Es el caso, por ejemplo, de los repartidores que trabajan en bicicleta.
Adelantar a un ciclista: ahora hay tres reglas que recordar
Otra de las modificaciones más relevantes no obliga directamente al ciclista, sino al vehículo que pretende adelantarlo. A partir de hoy, cuando un vehículo a motor adelante a un ciclista en una vía interurbana deberá:
- Reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía.
- Mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
- Cuando la carretera tenga más de un carril por sentido, realizar un cambio completo de carril para efectuar el adelantamiento.
La norma, por tanto, añade una referencia concreta de velocidad a una regla que los ciclistas ya conocen bien: la separación lateral mínima de 1,5 metros. Si el límite de velocidad de la vía es de 90 km/h, el vehículo que adelante a una bicicleta deberá hacerlo a 70 km/h como máximo, además de respetar la separación lateral exigida. El objetivo de la modificación es reducir la diferencia de velocidad entre el vehículo que adelanta y el ciclista y aumentar el margen de seguridad durante una de las situaciones de mayor riesgo en carretera.
En ciudad, la bicicleta gana espacio en el carril
La reforma también modifica las reglas de circulación de las bicicletas en vías urbanas. La nueva normativa establece que los ciclistas deben circular preferentemente por el centro del carril. Además, los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta deberán mantener una distancia mínima de cinco metros cuando ambos compartan el mismo carril.
Es un cambio especialmente relevante para quienes utilizan la bicicleta como medio de transporte diario. La idea es evitar que el ciclista quede arrinconado junto al borde de la calzada y disponer de un margen mayor frente a posibles obstáculos, aperturas de puertas o maniobras de otros vehículos.
Bicicletas en ambos sentidos en algunas calles de 30 km/h
Otra de las novedades que puede modificar la forma de moverse en bicicleta por algunas ciudades es la posibilidad de circular en ambos sentidos en determinadas calles de un único carril. La norma permite que la autoridad municipal autorice, mediante la correspondiente señalización, la circulación de bicicletas en los dos sentidos cuando se trate de vías urbanas con un solo carril y una velocidad máxima de 30 km/h o inferior.
Importante: no significa que desde hoy todas las bicicletas puedan circular en sentido contrario en cualquier calle de 30 km/h. Tiene que existir la autorización y señalización correspondiente por parte del Ayuntamiento.Por eso, antes de utilizar una calle en sentido contrario al habitual, hay que comprobar la señalización existente.
Cinco metros de distancia: una nueva referencia para coches y bicicletas
La distancia de seguridad también adquiere protagonismo en ciudad. Cuando un vehículo a motor circula detrás de una bicicleta en el mismo carril, deberá dejar al menos cinco metros de separación. Para el ciclista, esto supone una mayor protección frente a aproximaciones demasiado cercanas. Para el conductor, implica incorporar una nueva referencia a la hora de circular detrás de una bicicleta, especialmente en calles urbanas con tráfico intenso.
También cambia la forma de adelantar para los propios ciclistas
La reforma introduce además algunas precisiones sobre la circulación de las bicicletas. Los ciclistas pueden adelantar a otros vehículos por la derecha o por la izquierda, según resulte más conveniente para su seguridad. Asimismo, en intersecciones reguladas por semáforo y en retenciones pueden rebasar vehículos detenidos o sometidos a paradas frecuentes para utilizar correctamente las zonas de espera adelantada.
La norma también contempla nuevas posibilidades relacionadas con el transporte de personas y carga en bicicletas y ciclos, bajo determinadas condiciones técnicas y de seguridad.
